El Comercio Electrónico puede proveerle la gran oportunidad de establecer un negocio basado internacionalmente. Dicho negocio puede ser operado desde su jurisdicción (pago alto de impuestos) o desde cualquier parte del mundo. Dependiendo de lo que se está vendiendo, un comercio electrónico es lo último en empresa comercial portátil.
Para tomar ventaja del comercio electrónico con el propósito de la optimización de impuesto, usted necesita establecer una corporación “offshore” en la que no es dueño ni controla. Esta entonces puede ser su plataforma de negocio con grandes beneficios en el pago de impuestos.
Unos de los ingredientes básicos incluiría:
1. Una “IBC” (Corporación INTERNACIONAL DE NEGOCIO) y una cuenta bancaria en un país paraíso de impuesto.
2. Red (“internet”) anfitriona en otro país que no sea el suyo.
3. Cuenta de tarjeta de crédito de comerciante – fuera de su país de residencia.
Para hacer este arreglo mucho más seguro, usted debe asegurarse también que cualquier producto o servicio que se brinde esté también establecido en, o distribuido desde, un lugar “offshore”. Por tanto, no hay literalmente ninguna actividad efectuándose en su territorio de residencia. Aún mejor, puede contratar empleados “offshore”. Lo que usted necesita lograr es un negocio genuinamente internacional, uno que esté fuera de su propia jurisdicción.
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Una alternativa para las empresas dedicadas al e-commerce
Internet, como fenómeno mundial, ha puesto de relieve las carencias de los ordenamientos jurídicos nacionales para regular un comercio mundial que rebasa los estrechos márgenes de sus fronteras.
Hoy, cualquier empresa, por un coste relativamente pequeño, puede establecerse en un país cuya legislación le resulte favorable y distribuir desde allí, gracias al comercio electrónico, sus productos a todo el mundo.
Ésta situación ha hecho florecer el fenómeno de los paraísos fiscales. Hoy las empresas pueden seleccionar el ordenamiento jurídico que les resulte mas provechoso simplemente estableciéndose en el estado cuya legislación les resulte más favorable y, en especial, ésta selección de legislaciones tiene en cuenta la mayor parte de las veces los aspectos fiscales e impositivos.
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Cuanto mayor sea la carga tributaria existente en ciertos países, mayor es el interés de las empresas y de las personas físicas en realizar inversiones en el exterior, atraídos por innumerables factores, tales como: monedas fuertes, estabilidad económica y política, exoneraciones fiscales e impuestos reducidos sobre las rentas, agregando: seguridad, secreto y privacidad en los negocios, libertad de cambio, economía de costos administrativos y eventual acceso a determinados tipos de financiamiento internacional, a tasas de interés bajos.
Esas zonas privilegiadas existen en varias partes del mundo y algunos entusiastas llegan a hablar de ellas como “tax havens” o “paraísos fiscales”. Para esas sociedades comerciales constituidas en esas “zonas libres“ se convino en dar el nombre inglés de “compañías offshore “. Offshore se le llama a la sociedad que está fuera de las fronteras de un país.
Así, una “sociedad offshore “ es una entidad situada en el exterior, sujeta a un régimen legal diferente, “extraterritorial” en relación al país de domicilio de sus asociados. Pero la expresión es aplicada más especificamente a sociedades constituidas en los “paraísos fiscales”, donde gozan de privilegios tributarios (impuestos reducidos o hasta mismo exoneración de impuestos). Y eso sólo se tornó posible cuando algunos países adoptaron la política de exoneración tributaria, para atraer inversiones y capitales extranjeros. En América Latina, Uruguay es un ejemplo típico de esa política fiscal.
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